Por esa moto, no pagaba mas de mil euros, tiene los pechos que no pasa la prueba del lapiz![]()
No se si esto corresponde a este apartado pero ahi va. El tema es que estoy a punto de comprar una 1150 adv de segunda mano, y a la hora de informarme de lo que hay que pagar de Im puesto de Transmisiones, en los coches hay una tabla de hacienda que te dice el valor del coche por año y modelo y de ahi pagas el 4%, pero en las motos, por lo visto pagas el 4% pero del valor que figure en el contrato de compraventa. ¿Poneis el precio real que pagais por la moto o se puede poner menos para pagar menos? y si es asi ¿cuanto menos? ¿que valor le puedo poner minimo a una 1150 adventure del año 2004? Que alguien me ilumine. Gracias y un saludo.
Por esa moto, no pagaba mas de mil euros, tiene los pechos que no pasa la prueba del lapiz![]()
aunque pongas tres mil euros tampoco van a poner pegas, ya que la puedes estar comprando para arreglarla. tu intenta colar bajo.
Montero, en las motos hay unos valores mínimos por cilindrada, en concrreto, para motos de mas de 1000 cm. estos son los valores:
Años de uso % de valor
menos de 1 año........100% 9500
entre 1 y 2................88% 8360
entre 2 y 3................76% 7220
entre 3 y 4................63% 5985
entre 4 y 5................50% 4750
entre 5 y 6................37% 3515
entre 6 y 7................28% 2660
entre 7 y 8................21% 1995
entre 8 y 9................16% 1520
entre 9 y 10..............12% 1140
más de 10.................10% 950
La moto al ser del 2004 tendra entre 3 y 4 años, por lo que su valor fiscal (si la tabla de Emboscado es correcta) es de 5985 €.
Tú en el contrato puedes poner la cantidad que quieras (incluso 1 €), pero el impuesto de trasmisiones hay que pagarlo como mínimo por 5985 € (por el 4% son 239,40 €).
OJO!! te interesa poner como valor de venta 5985 € o menos, si pones más pagarás más impuesto (el 4 % de lo que pongas).
Si el que vende es un particular le debería dar igual poner menos en la venta, no le perjudica en nada.
Ojo, si te retratas por defecto a la hora de pasar por caja tributando en el concepto de TRANSMISIONES PATRIMONIALES, pueden revisar el acto de la compra-venta declarada , y penalizarte con la diferencia + UNA SANCIÓN o recargo en tu declaración anual de IRPF.
A mi modesto entender, creo que es conveniente declarar el PRECIO por debajo del importe pagado, pero SIN QUE SALTEN LAS ALARMAS.
Las revisiones de Hacienda creo que son aleatorias y a NO todo el mundo se le reclama la diferencia.
Suerte
Ya lo tengo claro, un primo de mi mujer trabaja en el PROP y me lo ha explicado. Lo explicopor si a alguien le interesa, es mas o menos como decia emboscado:
Entras en la pagina de la Conselleria de Economia y Hacienda y te metes en el Portal Tributari, despues entras en Compra de una motocicleta usada, seleccionas Impost sobre Transmissions Patrimonials i Actes Jurídics Documentats,
pones la cilindrada, le das a aceptar y se te despliega una ventana donde tienes que poner la matricula o nº de bastidor, el valor declarado y la fecha de matriculacion y pulsas "consulte" y te sale el valor fiscal del primer año, el valor fiscal a fecha de hoy, el tipo impositivo (4%) y la cuopta a ingresar. Un apunte, si en "valor declarado" pones menos que el precio que te da el programa para esa moto, no pasa nada porque pagas el minimo que te dicen ellos, por ejemplo para 5 años una moto de 1150, el valor fiscal de hoy es 4.465 € y la cuota tributaria son 178 €. Si pones en el contrato de compra-venta, menos de 4.465€ pagas arreglo a 4.465€ (el 4%), pero si en el contrato de compraventa pones mas de eso, pagas arreglo a lo que hayas puesto en el contrato, no se si me explico. O sea que hay que poner en el contrato, como maximo, el precio que te pone Hacienda. Por poner menos no pasa nada, ya que pagas el minimo impuesto por ellos.
Bueno, despues del tocho, gracias por vuestra ayuda y un saludo. Y si alguien tiene alguna duda que pregunte y le explico.
Todo lo descrito a continuación es un supuesto de "ficción"que solo describe una posible situación en la transmisión de vehículos. De hecho, para que quede claro, rechazo y desaconsejo la comisión de cualquier fraude o delito:
DAKOTA, con todos mis respetos, si se hiciera el contrato de compraventa por menos valor que el fiscal o que el real no debería suponer ningún problema, Hacienda supuestamente no se enteraría nunca (consejeria de hacienda, porque es un impuesto transferido a las autonomías). De acuerdo en que no debería pasarse y poner una cantidad razonable, pero casi seguro que no tendría problemas, pusiera lo que pusiera.
La comprobación aleatoria que tu comentas supuestamente se hace en trasmisión de bienes inmuebles (de mayor valor), pero en bienes muebles de "pequeño" valor sería suficiente con pagar el impuesto por el valor fiscal y punto.
Se vendería la moto por 10.000 € y se cobrarían los 10.000 €, pero en el contrato se pondría solo 5.000 €.
Para pagar el impuesto hay que rellenar un impreso con el importe de la venta (tal como han dicho antes en la Comunidad Valenciana se puede hacer por internet), en ese impreso pondríamos el valor de la venta 5.000 € y como no superaría el máximo fiscal 5985 €, el importe a pagar sería el 4% del valor fiscal. Pagaríamos con el impreso en el banco y con el impreso pagado iriamos a la delegación de la Conselleria de Hacienda para que "diligencien" el contrato (te harían un papel que dice que esa venta habría pagado el correspondiente impuesto). Y despues con el contrato y el papel que te habrían dado irias a a tráfico a hacer la transmisión.
El control del fraude en el impuesto de transmisiones patrimoniales (ya sea de bienes inmuebles como una casa o muebles como una moto) es muy dificil, ya que tenemos la libertad de vender nuestros bienes por el precio que queramos, podemos estar muy apurados económicamente y vender a precio de saldo. Aún así , teóricamente, debemos pagar el impuesto por su valor de mercado.
El control supuestamente se realiza estableciendo unos valores mínimos para pagar el impuesto, en el caso de las casas aplicando un coeficiente al valor catastral, y en el caso de vehículos con las tablas que establece Hacienda.
Si se cumplen los mínimos establecidos y se paga por los valores que exigen, ¿te podría "tocar la lotería aleatoria" y que te revisaran el valor? pues podría ser, pero debería ser mas probable en la venta de una casa que en la venta de una moto, ¿se molestarían en una cosa tan pequeña? ¿quien y con que criterio te diría si la moto vale 5000 o 10000?. Hacienda supuestamente revisaría en lo que saca mas pasta, una casa de 1.000.000 € que hubiera sido declarada por 200.000 €, pero no se molestaría en pequeñeces. El trabajo no compensa el beneficio.
4% de 10000 = 400 €
4% de 5000 = 200 €
Diferencia = 200 €, Hacienda se gastaría mas en papeleo y sellos de correo.
Saludos.
Última edición por Andyx; 13/02/2008 a las 00:48
Yo creia que el Andix era Ispector Dacienda, y queria que infravaloraramos la moto en el contrato de compra-venta pa hecharnos el guante![]()
Última edición por Montero; 12/02/2008 a las 19:55
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